Artículo 33 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada Sección del Tribunal debe tener los libros necesarios para hacer su trabajo y dar buen servicio. Esos libros los cuidan los Secretarios de Acuerdos mientras los estén usando. Cuando ya no los necesiten, los tienen que mandar al archivo central del Tribunal.
Texto oficial
Artículo 33. Las Secciones tendrán a su cargo los libros que sean necesarios para el adecuado ejercicio de sus atribuciones y prestación del servicio. Estos libros estarán bajo la responsabilidad de las y los Secretarios de Acuerdos en tanto se encuentren en uso, una vez concluidos se remitirán al archivo central del Tribunal. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de agosto de 2018. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE MÉXICO 14
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