Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley242/49
Ley
Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México
Artículo
49

Artículo 49 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los magistrados son jueces de alto nivel en los tribunales. Los que trabajan de tiempo completo se llaman numerarios, y los que cubren faltas temporales son supernumerarios, pero ambos tienen los mismos derechos y obligaciones. Esto significa que aunque unos sean titulares y otros suplentes, la ley los trata igual en su trabajo.

Texto oficial

Artículo 49. Las y los Magistrados serán Numerarios, sin perjuicio de que también se nombren Magistrados Supernumerarios. Las y los Magistrados tendrán los mismos derechos y obligaciones.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.