Artículo 2 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley se aplica a todas las oficinas del gobierno del Estado de México y de sus municipios, como dependencias, secretarías o ayuntamientos. Si alguna de estas oficinas comete un error en su trabajo que te cause un daño, está obligada a pagarte una indemnización. También aplica cuando la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México investiga un caso y le pide a una de estas oficinas que repare el daño, y la oficien acepta la solicitud. Esa misma obligación de pagar existe cuando un juez ordena la reparación. Para terminar, la Comisión de Derechos Humanos y sus empleados no tienen que pagar nada por las opiniones o recomendaciones que den, ni por las acciones que hagan como parte de su trabajo.
Texto oficial
Artículo 2. Son sujetos obligados de esta Ley, los Entes Públicos de acuerdo con su naturaleza jurídica y según corresponda, estatales y municipales del Estado de México, que legalmente reúnan ese carácter, por sus actos administrativos. Los preceptos de esta Ley serán aplicables, en lo conducente, para cumplimentar las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, aceptadas por los Entes Públicos de acuerdo con su naturaleza jurídica y según corresponda, en cuanto se refieran al pago de indemnizaciones. La aceptación y cumplimiento de las recomendaciones a que se refiere el párrafo anterior, en su caso, deberá llevarse a cabo por los Entes Públicos de acuerdo con su naturaleza jurídica y según corresponda, que haya sido declarado responsable, lo mismo deberá observarse para el cumplimiento de los fallos jurisdiccionales de reparación. La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México y sus servidores públicos, no son sujetos de responsabilidad patrimonial por las opiniones, y recomendaciones que formulen, así como por los actos que realicen en ejercicio de las funciones de su competencia. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de mayo de 2017. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 2
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.