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Ley
Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios
Artículo
3

Artículo 3 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona o una empresa sufre un daño por culpa de alguna acción mal hecha del gobierno del Estado de México, puede demandar legalmente. El daño tiene que afectar directamente sus asuntos personales o sus derechos como empresa. Eso significa que, si el gobierno comete un error que te perjudica, tú tienes el derecho de iniciar un juicio para reclamar.

Texto oficial

Artículo 3. Tienen derecho de acción las personas físicas y jurídicas colectivas, que hayan sufrido un daño en su esfera personal o jurídica, como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Gobierno del Estado de México.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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