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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley243/36
Ley
Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios
Artículo
36

Artículo 36 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que puedas reclamar, necesitas demostrar que hubo un acto de una autoridad que no fue correcto o legal, y también probar que ese acto fue la causa directa del daño que sufriste. Es decir, no basta con decir que te afectaron, sino que tienes que mostrar cómo pasó y que el problema vino por culpa de esa decisión gubernamental.

Texto oficial

Artículo 36. El reclamante deberá acreditar la existencia del acto administrativo irregular, así como la relación causa-efecto que demuestre que el daño sufrido fue a consecuencia de dicho acto.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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