- Ley
- Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios
- Artículo
- 36
Artículo 36 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que puedas reclamar, necesitas demostrar que hubo un acto de una autoridad que no fue correcto o legal, y también probar que ese acto fue la causa directa del daño que sufriste. Es decir, no basta con decir que te afectaron, sino que tienes que mostrar cómo pasó y que el problema vino por culpa de esa decisión gubernamental.
Texto oficial
Artículo 36. El reclamante deberá acreditar la existencia del acto administrativo irregular, así como la relación causa-efecto que demuestre que el daño sufrido fue a consecuencia de dicho acto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.