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Artículo 48 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una autoridad te niega una indemnización o toma una decisión que afecta tus derechos, puedes pelear esa decisión. Para hacerlo, debes iniciar un Juicio Administrativo, que es como una demanda especial contra el gobierno. Ese juicio se presenta ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, que es el juez que revisa si la autoridad actuó bien o mal. En pocas palabras, si no estás de acuerdo con lo que te dijeron, tienes derecho a llevarlos a juicio ante ese tribunal.

Texto oficial

Artículo 48. Las resoluciones de la autoridad que nieguen la indemnización o que resulten desfavorables a los derechos e intereses legítimos de los particulares, podrán impugnarse a través del Juicio Administrativo ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México. TÍTULO CUARTO DE LA RESPONSABILIDAD CONCURRENTE CAPÍTULO ÚNICO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CONCURRENTE

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.