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Artículo 21 de la Ley para Prevenir y Atender el Acoso Escolar en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien sufre cualquier tipo de acoso escolar, tiene derecho a que tanto la escuela como las autoridades lo traten con respeto y le cuiden su integridad. También debe recibir protección rápida si su salud física o mental está en peligro. Puede pedir información clara y completa para decidir qué ayuda quiere, y tiene derecho a apoyo legal gratuito sin demoras. Además, debe recibir atención médica y psicológica, así como que los trámites de justicia sean rápidos y fáciles de seguir. Si el caso es grave, se pueden tomar medidas para proteger su vida y su dignidad, y al final tiene derecho a que le reparen el daño moral o le paguen una indemnización.

Texto oficial

Artículo 21. La persona receptora de cualquier tipo y modalidad de acoso escolar tiene derecho a: I. Ser tratada con respeto a su integridad y el ejercicio pleno de sus derechos tanto por la comunidad educativa, como por las autoridades competentes. II. Contar con protección inmediata y efectiva por parte de las autoridades del Gobierno del Estado de México cuando se encuentre en riesgo su integridad física o psicológica. III. Recibir información, veraz y suficiente que le permita decidir sobre las opciones de atención. IV. Contar con asesoría y representación jurídica gratuita y expedita. V. Recibir información, atención y acompañamiento médico y psicológico. VI. Acceder a procedimientos expeditos y accesibles de procuración y administración de justicia. VII. A ser canalizada a las instancias correspondientes para su atención oportuna según sean las circunstancias y las necesidades de cada caso. VIII. En caso de riesgo grave a que se dicten medidas preventivas tendientes a salvaguardar su integridad física y asegurar su derecho a la vida, integridad y dignidad. IX. A la reparación del daño moral y, en su caso, a recibir una indemnización o el pago de daños y perjuicios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.