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Artículo 23 de la Ley para Prevenir y Atender el Acoso Escolar en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades que trabajan en las escuelas tienen la obligación de hacer todo lo necesario para cuidar a los alumnos, maestros y demás personal de la escuela. Deben proteger su cuerpo, su mente y su forma de relacionarse con los demás, siempre tratándolos con respeto. Esto significa que nadie debe sufrir golpes, insultos, maltrato emocional ni discriminación. En pocas palabras, el artículo dice que en las escuelas todos tienen derecho a estar seguros y a que los traten bien.

Texto oficial

Artículo 23. Las autoridades, en el ámbito de su competencia, deberán adoptar todas las medidas pertinentes que aseguren a las personas integrantes de la comunidad educativa la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.