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Artículo 115 de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando termina un contrato entre el gobierno y una empresa, todo lo que se usó para dar el servicio (como edificios, terrenos, equipos o derechos importantes) vuelve a estar bajo el control del gobierno. Eso significa que el Estado o los municipios se vuelven a hacer cargo de administrar esos bienes según sus propias reglas. Los bienes que no son tan esenciales para el servicio también pasan a ser propiedad del gobierno, pero bajo lo que se haya acordado en el contrato y las leyes vigentes. Eso no afecta a las personas o empresas que hayan comprado o usado esos bienes de buena fe (sin saber que había problemas legales), ellas conservan sus derechos tal como estaban. En pocas palabras: al finalizar el contrato, el gobierno recupera el control de todo lo que se necesitaba para el servicio, pero respeta los derechos de quienes ya tenían algún acuerdo legal válido antes.

Texto oficial

Artículo 115. A la terminación del Contrato, los bienes muebles, inmuebles y derechos de carácter público incorporados a la infraestructura o indispensables para la prestación del servicio, pasarán al control y administración del Estado, conforme a su normativa aplicable. Los demás bienes necesarios para la prestación del servicio quedarán sujetos al régimen de dominio público del Estado o de los municipios, en los términos pactados en el Contrato y conforme a la legislación vigente. La transferencia de los bienes muebles, inmuebles o derechos en términos del párrafo anterior no implicarán la afectación de los derechos adquiridos por terceros de buena fe, quienes los conservarán en todos sus términos y condiciones. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de agosto de 2018. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 36

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

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