Artículo 117 de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el área de control interno de la dependencia que contrata debe vigilar que todo el proceso de los proyectos (desde que se preparan hasta que se asignan) cumpla con la ley, pero no puede meterse en los asuntos puramente técnicos. La vigilancia de cómo se prestan los servicios, se hace la obra y se cumple el proyecto le toca solo a la dependencia contratante y a otras autoridades con facultades para eso. Por otro lado, la supervisión de los permisos para hacer obras o dar servicios la hacen las autoridades que los aprobaron. Para hacer esa supervisión, la dependencia contratante o las autoridades que dieron los permisos pueden contratar a alguien externo, y ese gasto se carga al proyecto, según lo que diga el reglamento.
Texto oficial
Artículo 117. Corresponderá al órgano interno de control de la Unidad Contratante, en ejercicio de sus atribuciones, supervisar que la preparación, inicio y adjudicación de los proyectos, así como de los demás actos regulados por esta ley, se ajusten a la legislación y normatividad aplicable, salvo los aspectos exclusivamente de naturaleza técnica de los Proyectos. La supervisión de la prestación de los servicios, en su caso, de la ejecución de la obra y, en general, del cumplimiento y desarrollo del Proyecto, corresponderá exclusivamente a la Unidad Contratante y a las demás autoridades que resulten competentes. La supervisión de las autorizaciones para la ejecución de las obras, así como para la prestación de los servicios, corresponderá a las autoridades que las hayan otorgado. Para dicha supervisión, la Unidad Contratante o las autoridades que hayan otorgado autorizaciones para la ejecución de las obras, tendrán la facultad de contratar a un tercero, con cargo al Proyecto en los términos que establezca el Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.