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Artículo 127 de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que firmaste un contrato y llegaron a un acuerdo para resolver algún conflicto con ayuda de expertos. Este artículo dice que, cuando se acabe el tiempo que acordaron para notificarse algo, tienes 5 días hábiles para avisarle por escrito a la otra persona que quieres llevar el problema ante un Comité de Expertos. En ese aviso debes decir quién es el experto que propones de tu lado, explicar bien cuál es el desacuerdo con todos los detalles y hechos, incluir las pruebas que tienes para apoyar tu postura y, además, proponer cómo crees que se debería resolver. La otra persona, cuando reciba tu notificación, tendrá otros 5 días hábiles para responderte con los mismos requisitos: decir su experto, dar sus pruebas y hacer su propia propuesta para solucionar el problema.

Texto oficial

Artículo 127. Dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo que al efecto hubieren convenido las partes conforme a lo establecido en el Artículo anterior, la parte interesada notificará a su contraparte el aviso que contendrá: I. La decisión de someter la divergencia al Comité de Expertos; II. El experto designado por su parte; III. La divergencia a resolver y una descripción de la misma, lo más amplia posible, con los hechos que hayan dado lugar a la misma; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de agosto de 2018. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 38 IV. Las pruebas con las que pretenda justificar su pretensión; y V. La propuesta para resolver la divergencia. Dentro de los cinco días hábiles inmediatos siguientes a recibir la notificación anterior, la parte así notificada deberá contestar con los mismos requisitos señalados en las fracciones II, IV y V anteriores.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.