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Artículo 16 de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una vez que la Secretaría reciba el dictamen del artículo 15 y los análisis del artículo 13, tiene que dar su respuesta final en máximo 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos). Ese plazo puede alargarse otros 30 días si la Secretaría lo necesita, pero debe avisarle a la unidad que pidió el permiso. Para decidir si te autorizan el proyecto, la Secretaría checará cosas como si tu solicitud cumple con los requisitos de costo-beneficio, cómo podría afectar las finanzas del gobierno a futuro, y si es necesario, pedirá la opinión de otras dependencias o especialistas según el tipo de proyecto.

Texto oficial

Artículo 16. Una vez integrado el dictamen mencionado en el artículo anterior a los análisis previstos en el artículo 13, la Secretaría emitirá la resolución correspondiente. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de agosto de 2018. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 7 La Secretaría emitirá su resolución en un plazo no mayor de 30 (treinta) días hábiles contados a partir del día siguiente hábil de la recepción del dictamen señalado en el artículo 15, pudiendo prorrogarse por un plazo igual cuando así lo considere necesario, debiendo notificar en este caso a la Unidad Contratante. En la evaluación de la solicitud de autorización para desarrollar un Proyecto, la Secretaría deberá tomar en cuenta, entre otros: I. La opinión que emita la Dirección General de Inversión, respecto del cumplimiento de la solicitud de autorización con los lineamientos en materia de Análisis Costo-Beneficio; II. La opinión que emita la Dirección General de Planeación, respecto del impacto futuro sobre las finanzas estatales derivado del Contrato que suscribirá la Unidad Contratante; y III. Cuando así lo requiera, la opinión de cualquier dependencia o tercero atendiendo la naturaleza del proyecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.