- Ley
- Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios
- Artículo
- 40
Artículo 40 de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos los pasos del concurso son públicos, o sea, cualquiera puede ver cómo se va desarrollando. Las reglas del concurso dirán quiénes pueden ser testigos sociales (personas que vigilan que todo se haga de manera justa) y cómo van a participar durante el proceso.
Texto oficial
Artículo 40. Los diferentes actos del Concurso serán de carácter público, el Reglamento establecerá la figura de testigos sociales y preverá los términos de su participación en el procedimiento de Concurso. Sección Segunda Convocatoria y Bases de los Concursos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.