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Artículo 41 de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica todo lo que debe incluir el aviso o invitación pública para participar en un concurso (proceso donde se elige a la mejor empresa para un proyecto). El aviso debe tener: - El nombre de la dependencia que organiza el concurso y dejar claro que se rige por esta ley. - Una descripción sencilla del proyecto, qué servicios se necesitan y, si aplica, qué se va a construir. - Las fechas importantes del concurso, cuánto durarán los servicios o la obra, y cuándo se calcula que empezarán. - Dónde, cuándo y a qué horas puedes comprar las Bases del concurso (documento con todas las reglas y condiciones). - Cualquier otro requisito que marque el reglamento. Para participar, es obligatorio comprar las Bases. El aviso se publica en internet, en el periódico oficial del gobierno (Gaceta del Gobierno), en la página de la dependencia organizadora y en un periódico importante del Estado. También debe publicarse siguiendo las reglas de transparencia para que cualquier persona pueda consultarlo.

Texto oficial

Artículo 41. La convocatoria al Concurso deberá contener, por lo menos, los elementos siguientes: I. El nombre de la Unidad Contratante y la indicación de tratarse de un Concurso y un Proyecto regidos por la presente Ley; II. La descripción general del Proyecto, con indicación de los servicios a prestar y, en su caso, de la infraestructura a construir; III. Las fechas previstas para el Concurso, los plazos de la prestación de los servicios y, en su caso, de la ejecución de las obras de infraestructura, así como las fechas estimadas para el inicio de una y otra; IV. Los lugares, fechas y horarios en que los interesados podrán adquirir las Bases del Concurso; y V. Las demás que establezca el Reglamento. La adquisición de las Bases será requisito indispensable para participar en el Concurso. La publicación de la convocatoria se realizará en los medios electrónicos que para tal efecto se dispongan en la convocatoria, en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", en la página de Internet de la Unidad Contratante y en un diario de mayor circulación en el Estado. También deberá publicarse en términos de la normatividad aplicable en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.