Artículo 71 de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad Contratante, que es la dependencia del gobierno encargada de hacer los contratos, debe guardar un archivo con todos los papeles de las negociaciones de cada proyecto. Ahí se tienen que incluir los avalúos (que son los cálculos del valor de un terreno o propiedad) y cualquier otro documento relacionado con esas negociaciones. Esto es como tener una carpeta ordenada con toda la información importante para que no se pierda nada y se pueda revisar después si hace falta. En pocas palabras, están obligados a llevar un registro completo y claro de todo lo que se negocia.
Texto oficial
Artículo 71. La Unidad Contratante responsable llevará un expediente de las negociaciones de cada Proyecto, en el que consten los avalúos y documentos relativos a las mismas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.