Artículo 82 de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Contrato y sus anexos son los documentos oficiales que establecen qué derechos y obligaciones tiene cada quien. Todo lo que diga el Contrato debe ir de acuerdo con lo que ya se había acordado en las Bases (las reglas desde el principio) y en las juntas de aclaraciones (reuniones para resolver dudas). Si el Contrato dice algo diferente a eso, no es válido. En pocas palabras, lo escrito en el Contrato no puede contradecir lo que ya se pactó antes.
Texto oficial
Artículo 82. Para efectos de esta Ley, el Contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones del Contrato no deberán contravenir los términos y condiciones de las Bases y los señalados en las juntas de aclaraciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.