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Ley
Ley para la Recuperación y Aprovechamiento de Alimentos del Estado de México
Artículo
18

Artículo 18 de la Ley para la Recuperación y Aprovechamiento de Alimentos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a invitar (no obligar) a los negocios que tiran mucha comida todavía buena para que participen en los programas que marca esta ley. O sea, los supermercados, restaurantes o tiendas grandes que desperdician alimentos que aún se pueden aprovechar, serán motivados a donarlos o canalizarlos a donde se necesiten. Esto no es una multa, solo un empujón para que colaboren. La idea es que menos comida en buen estado termine en la basura.

Texto oficial

Artículo 18.- La autoridad promoverá que los establecimientos comerciales que generen volúmenes mayores de alimentos desechados, pero en condiciones de ser recuperados se integren a los esquemas señalados en la presente Ley. CAPÍTULO QUINTO De las Sanciones

Ver texto oficial de la Ley para la Recuperación y Aprovechamiento de Alimentos del Estado de México (pág. 5) ↗

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