Artículo 2 de la Ley para la Recuperación y Aprovechamiento de Alimentos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno es el encargado de repartir los alimentos que se recuperan, pero las organizaciones de la sociedad civil y las tiendas también pueden ayudar si siguen las reglas que ponga la Secretaría de Bienestar. Esto quiere decir que no cualquiera puede repartir la comida rescatada, solo quienes tengan permiso oficial. Puedes pensar que la autoridad coordina y los demás pueden sumarse si cumplen con lo que les pidan.
Texto oficial
Artículo 2.- La distribución de alimentos recuperados compete a las instituciones de gobierno; asimismo, podrán coadyuvar la sociedad civil y establecimientos comerciales en los términos que establezca la Secretaría de Bienestar.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.