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Artículo 13 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de la Mujer de Toluca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que ocupan puestos de jefes o coordinadores en el Instituto deben tener los estudios y la capacidad necesarios para hacer bien su chamba. Esto significa que tienen que contar con un título universitario o un posgrado que demuestre que están preparados para el puesto. En pocas palabras, no pueden llegar solo por palancas, sino que deben cumplir con un perfil profesional adecuado a lo que van a hacer.

Texto oficial

ARTÍCULO 13.- Los Mandos Medios y Superiores del Instituto, deberán cubrir el perfil adecuado a las funciones que le serán encomendadas, contando con título profesional y /o grado académico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.