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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de la Mujer de Toluca
Artículo
15

Artículo 15 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de la Mujer de Toluca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El trabajo entre el Instituto y sus empleados se va a manejar según la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que es el reglamento especial para empleados del gobierno. Esto significa que no se aplican las reglas normales de la Ley Federal del Trabajo. El capítulo tercero habla sobre los bienes y recursos que le pertenecen al Instituto.

Texto oficial

ARTÍCULO 15.- Las relaciones de trabajo entre el Instituto y sus trabajadores se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. CAPÍTULO TERCERO DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de la Mujer de Toluca (pág. 5) ↗

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