Artículo 9 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si confiesas algo ante un juez sin que esté presente tu abogado, esa confesión no sirve para nada en el juicio. Tampoco vale si necesitas un intérprete por hablar otro idioma o dialecto y no está ahí para ayudarte. La ley protege que no te puedan presionar ni hacerte declarar solo. Así que, si estás acusado, siempre tiene que estar tu defensor cuando hables con la autoridad.
Texto oficial
Artículo 9.- No tendrá valor probatorio alguno la confesión rendida por el imputado ante una autoridad judicial, sin la presencia de su defensor y, en su caso, del intérprete del idioma o dialecto de éste.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.