Artículo 35 de la Ley en materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que forman parte del Consejo Estatal trabajan de forma gratuita, sin recibir ningún tipo de pago o compensación económica por lo que hacen. Ellos mismos eligen, por mayoría de votos, a quien va a coordinar las reuniones durante un año. El Consejo también define sus propias reglas para nombrar a un Secretario Técnico y para organizar sus juntas (que son cada dos meses) con su orden del día correspondiente. Las ideas, propuestas y sugerencias que salgan del Consejo deben ser enviadas a la Comisión de Búsqueda de Personas y otras autoridades, y estas tienen la obligación de tomarlas en cuenta. Si alguna autoridad decide no seguir una recomendación, tiene que explicar por qué no lo hizo. La Consejería Jurídica le da al Consejo el dinero, equipo, personal y todo lo necesario para trabajar, y el Congreso del Estado de México se asegura de que haya presupuesto suficiente para esto.
Texto oficial
Artículo 35. Las y los integrantes del Consejo Estatal ejercerán su función en forma honorífica, y no deben recibir emolumento o contraprestación económica alguna por su desempeño. Las personas integrantes del Consejo Estatal Ciudadano deben elegir a quien coordine los trabajos de sus sesiones, por mayoría de votos, quien durará en su encargo un año. El Consejo Estatal Ciudadano emitirá sus reglas de funcionamiento en las que determinará los requisitos y procedimientos para nombrar a la persona que funja como Secretaria Técnica, la convocatoria a sus sesiones bimestrales y contenidos del orden del día de cada sesión. Las recomendaciones, propuestas y opiniones del Consejo Estatal Ciudadano deberán ser comunicadas a la Comisión de Búsqueda de Personas y a las autoridades del Mecanismo Estatal en su caso y deberán ser consideradas para la toma de decisiones. La autoridad que determine no adoptar las recomendaciones que formule el Consejo ciudadano, deberá exponer las razones para ello. La Consejería Jurídica proveerá al Consejo Estatal Ciudadano de los recursos financieros, técnicos, de infraestructura y humanos necesarios para el desempeño de sus funciones. La Legislatura del Estado de México garantizará la suficiencia presupuestal para tal efecto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.