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Artículo 43 de la Ley en materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado Libre y Soberano de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se use el dinero del Fondo Estatal para personas desaparecidas, todo debe hacerse de manera clara y siguiendo las reglas. Nadie puede quedarse con el dinero ni usarlo para cosas indebidas. Además, se tiene que gastar de forma honrada, sin desperdicios y buscando que rinda para lo que realmente se necesita. Cada peso usado debe estar registrado y se debe poder explicar en qué se gastó.

Texto oficial

Artículo 43. En la aplicación de los recursos del Fondo Estatal de Desaparición se observarán los principios de publicidad, legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.