Artículo 43 de la Ley en materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se use el dinero del Fondo Estatal para personas desaparecidas, todo debe hacerse de manera clara y siguiendo las reglas. Nadie puede quedarse con el dinero ni usarlo para cosas indebidas. Además, se tiene que gastar de forma honrada, sin desperdicios y buscando que rinda para lo que realmente se necesita. Cada peso usado debe estar registrado y se debe poder explicar en qué se gastó.
Texto oficial
Artículo 43. En la aplicación de los recursos del Fondo Estatal de Desaparición se observarán los principios de publicidad, legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.