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Artículo 103 de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Archivo General del Estado lo va a encabezar un jefe o una jefa, a quien el Secretario de Finanzas del Estado de México elige y puede quitar del puesto, pero solo si el Subsecretario de Administración lo propone. Para ser esa persona, se necesita: 1) ser mexicano o mexicana; 2) tener preferentemente título de licenciatura en Archivonomía (carrera sobre manejo de documentos) o algo parecido, o bien, tener al menos 5 años de experiencia en archivos; 3) no haber sido sentenciado por un delito hecho a propósito (como robo o fraude); y 4) tener mínimo 25 años de edad cuando te nombren.

Texto oficial

Artículo 103. El Archivo General del Estado estará a cargo de una persona titular, quien será nombrada y removida por la persona titular de la Secretaría de Finanzas del Estado de México, a propuesta de la persona titular de la Subsecretaría de Administración, y deberá cubrir los siguientes requisitos: I. Ser ciudadana o ciudadano mexicano; II. Poseer, al día de la designación, preferentemente el grado académico de licenciada o licenciado en Archivonomía o Ciencias de la Información Documental o afín, expedido por autoridad o institución facultada para ello, o bien, contar con experiencia mínima de cinco años en materia archivística; III. No haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso, y IV. Tener cuando menos veinticinco años de edad al día de la designación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.