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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley266/110
Ley
Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios
Artículo
110

Artículo 110 de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te aplican una sanción por lo que dice esta ley, eso no significa que ya no te puedan castigar por otras leyes. En pocas palabras, te pueden multar o sancionar por separado según cada regla que hayas violado. Por ejemplo, si hiciste algo malo, te pueden castigar aquí y también en otra ley que aplique a lo mismo. No hay un "solo castigo" que te libre de otros.

Texto oficial

Artículo 110. Las sanciones contempladas en esta Ley se aplicarán sin perjuicio de las previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.