Artículo 23 de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los sujetos obligados (como dependencias de gobierno o instituciones que manejan información pública) que ya tengan su propio sistema de archivos deben hacer un plan para todo el año y subirlo a su página web o plataforma similar durante los primeros 30 días del año fiscal. Esto significa que tienen hasta finales de enero para publicarlo, contando los días seguidos, incluidos fines de semana y festivos. Ese plan se llama Programa Anual y sirve para organizar cómo van a manejar los documentos y datos.
Texto oficial
Artículo 23. Los Sujetos Obligados que cuenten con un Sistema Institucional, deberán elaborar un Programa Anual y publicarlo en su portal electrónico, informativo u homólogo en los primeros treinta días naturales del ejercicio fiscal correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.