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Ley
Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa Anual es como un plan que se hace cada año para organizar, guardar y revisar los documentos de una institución. Este plan debe considerar los posibles riesgos, proteger los derechos de las personas y fomentar la apertura de la información de manera voluntaria. También tiene que seguir las reglas de planeación que ya existen a nivel estatal y municipal.

Texto oficial

Artículo 24. El Programa Anual contendrá los elementos de planeación, programación y evaluación para el desarrollo de los Archivos y deberá incluir un enfoque de administración de riesgos, protección a los derechos humanos y de otros derechos que de ellos deriven, así como de apertura proactiva de la información, de conformidad con los instrumentos de planeación correspondientes de carácter estatal y municipal.

Ver texto oficial de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios (pág. 11) ↗

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