- Ley
- Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios
- Artículo
- 87
Artículo 87 de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Archivo General del Estado puede aceptar documentos oficiales de las dependencias o entidades públicas, pero solo en préstamo temporal (comodato). Esto es para que el Archivo los estabilice, o sea, que los repare o los ponga en buen estado si están dañados o muy viejos. Los dueños de los documentos no pierden su propiedad, solo los prestan para que los arreglen. Es como cuando le prestas un libro a un amigo para que lo restaure, pero sigue siendo tuyo.
Texto oficial
Artículo 87. El Archivo General del Estado podrá recibir Documentos de Archivo de los Sujetos Obligados en comodato para su Estabilización.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.