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Artículo 88 de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el Archivo General del Estado ve que unos archivos privados que son de interés público están a punto de perderse, destruirse o desaparecer, pueden quitártelos por expropiación. Eso significa que el gobierno te los puede quitar, pero te tiene que pagar una indemnización (una compensación económica) según lo que marca la ley. Todo esto lo hacen para proteger esos documentos y que no se echen a perder. En pocas palabras, si tienes archivos importantes para la historia, el gobierno puede recuperarlos pagándote, solo si están en riesgo.

Texto oficial

Artículo 88. En los casos en que el Archivo General del Estado considere que los Archivos Privados de Interés Público se encuentran en peligro de destrucción, desaparición o pérdida, éstos podrán ser objeto de expropiación mediante indemnización, en los términos de la normatividad aplicable, a fin de preservar su integridad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.