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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley270/104
Ley
Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Artículo
104

Artículo 104 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los dueños de negocios turísticos locales tienen que ayudar a su comunidad de manera responsable. Esto quiere decir que deben apoyar a los productores de la zona comprando sus productos en lugar de traerlos de fuera. Además, deben fomentar formas de comercio justo, donde todos ganen y se fortalezca la economía entre vecinos.

Texto oficial

Artículo 104. Los empresarios locales dedicados al sector turístico deberán contribuir al desarrollo con enfoque de responsabilidad social en la comunidad, promoviendo el consumo de productos locales y la economía solidaria.

Ver texto oficial de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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