Artículo 21 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Consejo Municipal tiene juntas por lo menos cada dos meses. Todos los miembros pueden hablar y votar en las decisiones. Si hay empate en una votación, el presidente tiene el voto decisivo para romperlo.
Texto oficial
Artículo 21. El Consejo Municipal sesionará mínimo cada dos meses, teniendo todos sus integrantes voz y voto. En caso de empate, el presidente contará con voto de calidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.