Artículo 5 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice quiénes son los encargados de hacer que se cumpla esta ley. Los responsables son: el Gobernador del Estado, la Secretaría correspondiente, el Instituto de Investigación y Fomento de las Artes del Estado de México (IIFAEM), y los Ayuntamientos de cada municipio. En pocas palabras, estas autoridades tienen la obligación de aplicar y vigilar que todo lo que dice la ley se lleve a cabo como debe ser.
Texto oficial
Artículo 5. Son autoridades competentes para la aplicación de la presente ley: I. El Titular del Poder Ejecutivo; II. La Secretaría; III. El IIFAEM, y IV. Los Ayuntamientos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.