Artículo 5 de la Ley para la Protección Integral de Periodistas y Personas Defensoras de los Derechos Humanos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 5 explica quiénes forman parte de la Junta de Gobierno, que es el grupo que toma decisiones importantes para proteger a periodistas y defensores de derechos humanos en el Estado de México. Este grupo está compuesto por: el Consejero Jurídico (quien es el jefe), el Fiscal General, el Secretario de Seguridad, el Coordinador Ejecutivo del Mecanismo (que también actúa como secretario), y cuatro representantes elegidos del Consejo Consultivo. Cada uno de ellos debe nombrar a un suplente (alguien que los pueda reemplazar) con un puesto de Director General o similar, y en el caso de los cuatro representantes, el propio Consejo Consultivo elige a los suplentes. Todos los cargos son honoríficos, es decir, nadie recibe dinero por participar en la Junta de Gobierno o en el Mecanismo.
Texto oficial
Artículo 5.- La Junta de Gobierno se integra por: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de mayo de 2021. Última reforma POGG: 20 de mayo de 2026. LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERIODISTAS Y PERSONAS DEFENSORAS DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO 4 I. La persona titular de la Consejería Jurídica, quien lo presidirá; II. La persona titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México; III. La persona titular de la Secretaría de Seguridad del Estado de México; IV. La persona titular de la Coordinación Ejecutiva del Mecanismo, quien fungirá como Secretaría Ejecutiva; V. Cuatro representantes del Consejo Consultivo elegidos de entre sus miembros. Las personas integrantes de la Junta de Gobierno deberán nombrar a sus respectivos suplentes, los cuales deben contar con el nivel jerárquico de Director o Directora General o equivalente. Para el caso de la fracción V las personas suplentes serán designadas por el propio órgano al que se refiere la fracción. Los cargos en la Junta de Gobierno serán de carácter honorífico. Las personas integrantes e invitados del Mecanismo no recibirán pago alguno por su participación en el mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.