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Artículo 69 de la Ley para la Protección Integral de Periodistas y Personas Defensoras de los Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no estás de acuerdo con alguna decisión o acción de la autoridad, puedes presentar tu queja por escrito, ya sea en un documento físico con tu firma o por algún medio electrónico, como un correo o sistema en línea. Esta queja debe ir dirigida a la Junta de Gobierno y tienes que explicar, de manera clara y concreta, cuáles fueron los riesgos o daños que sufriste como periodista o defensor de derechos humanos. Además, debes incluir todas las pruebas que tengas, como fotos, videos o documentos, para respaldar lo que estás diciendo.

Texto oficial

Artículo 69.- La inconformidad se presentará por escrito, debidamente firmada, o por cualquier otro medio electrónico idóneo ante la Junta de Gobierno y deberá contener una descripción concreta de los riesgos, los agravios producidos a la Persona Peticionaria o Beneficiaria y las pruebas con que se cuente. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de mayo de 2021. Última reforma POGG: 20 de mayo de 2026. LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERIODISTAS Y PERSONAS DEFENSORAS DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO 23

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.