Artículo 4 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Instituto lo va a dirigir un Director General. Esta persona será elegida por el Consejo, pero solo después de que el Presidente Municipal proponga a alguien para el puesto.
Texto oficial
ARTÍCULO 4. El Instituto será encabezado por un Director General, quien será designado por el Consejo, a propuesta del Presidente Municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.