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Artículo 39 de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 39 dice que la Academia de Bomberos tendrá que dar unos cursos básicos obligatorios. Entre ellos están: un curso teórico-práctico para los que entran nuevos, y otros sobre rescate en ciudad y campo, primeros auxilios, química, física, hidráulica y manejo de sustancias peligrosas. También deben enseñar técnicas para apagar incendios y controlar fugas de gases, líquidos y otras sustancias. Además, tienen que incluir cursos que ayuden a los bomberos a mejorar su condición física y su formación en general. Todo esto es para que puedan dar mejores servicios que salven vidas.

Texto oficial

Artículo 39. Los cursos mínimos considerados bajo el esquema de básicos que impartirá la Academia serán entre otros: I. Teórico práctico de ingreso; II. Rescate urbano y rural, primeros auxilios, especialidades de química y física, hidráulica y manejo de sustancias peligrosas; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de septiembre de 2021. Sin reformas. . LEY DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS DEL ESTADO DE MÉXICO 13 III. Aquellos que provean de técnicas de ataque a incendios fugas de gases, líquidos y demás substancias, y IV. Aquellos que permitan fortalecer conocimientos respecto de la condición física y formación integral, y en general los que les permitan ofrecer servicios vitales cada vez más completos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.