Artículo 24 de la Ley de Justicia Cotidiana del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando tú y otra persona solucionan un problema con ayuda de la Secretaría o del Ayuntamiento (como una mediación o conciliación), el acuerdo que firmen se tiene que hacer siguiendo las reglas de una ley especial, que es la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social del Estado de México. En pocas palabras, cualquier arreglo al que lleguen en esas pláticas debe cumplir con lo que dice esa otra ley para que sea válido.
Texto oficial
Artículo 24. Los convenios que deriven de las mediaciones y conciliaciones realizadas ante la Secretaría o los Ayuntamientos se celebrarán de conformidad con lo previsto en la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de marzo de 2022. Última reforma POGG 29 de abril de 2025. LEY DE JUSTICIA COTIDIANA DEL ESTADO DE MÉXICO 6 CAPÍTULO QUINTO DE LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL COLONO
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