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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley276/30
Ley
Ley de Justicia Cotidiana del Estado de México
Artículo
30

Artículo 30 de la Ley de Justicia Cotidiana del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los acuerdos que firman los vecinos durante una mediación (una plática con un mediador para resolver problemas) y que están aprobados según la ley de mediación del Estado de México, tienen validez legal. Eso significa que se pueden hacer cumplir igual que cualquier otro documento oficial. Si alguien no respeta el acuerdo, la otra persona puede exigir que se cumpla siguiendo las reglas de esa misma ley. En pocas palabras, lo que firmes con un mediador sí cuenta y se puede hacer valer.

Texto oficial

Artículo 30. Los convenios suscritos en vía de Mediación Vecinal autorizados en términos de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México y su reglamento, surtirán los efectos y se podrán ejecutar en los términos previstos por dicha ley.

Ver texto oficial de la Ley de Justicia Cotidiana del Estado de México (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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