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Artículo 3 de la Ley para la Implementación de Energías Limpias y Renovables en los Edificios Públicos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todas las dependencias del gobierno, como secretarías, institutos o municipios, tienen la obligación de cumplir con lo que ordena esta ley. También tienen que hacer que se aplique correctamente, pero cada una según lo que le toque hacer por su tipo de trabajo. En pocas palabras, si es una entidad pública, le toca cumplirla.

Texto oficial

Artículo 3. Son sujetos obligados al cumplimiento y la aplicación de la presente Ley, los Entes Públicos, de acuerdo con su naturaleza y según corresponda. CAPÍTULO SEGUNDO DEL CONSEJO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.