Artículo 24 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser psicólogo o psicóloga en un juzgado, necesitas los mismos requisitos que un médico del juzgado, solo cambia la profesión. Debes tener título de licenciatura en psicología y tu cédula profesional (el documento que te acredita como profesionista). También necesitas haber trabajado como psicólogo por lo menos un año.
Texto oficial
Artículo 24.- Para ser la o el psicólogo de un Juzgado, además de reunir los mismos requisitos que para ser la o el Médico adscrito al Juzgado, excepto el de la profesión; deberá contar con título de la licenciatura en psicología y cédula profesional expedida por la autoridad correspondiente y tener por lo menos un año de ejercicio profesional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.