Artículo 60 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de las cosas que están prohibidas porque afectan la tranquilidad de todos. Por ejemplo, no puedes tapar o borrar los letreros de las calles sin permiso, ni poner objetos que estorben en banquetas o espacios públicos. También debes mantener tu terreno o casa abandonada en buen estado para que no sea un peligro para los vecinos. No puedes hacer ruido excesivo con música, causar escándalos, brincar bardas de otra persona sin permiso, ni tomar alcohol o drogas en la calle.
Texto oficial
Artículo 60.- Son infracciones al bienestar colectivo las siguientes: I. Cubrir, borrar, pintar, alterar o desprender los letreros, señales, números o letras que identifiquen vías, inmuebles y espacios de concurrencia colectiva, sin la autorización correspondiente; II. Obstruir o permitir la obstrucción del espacio de concurrencia colectiva, con motivo de la colocación de objetos, enseres o cualquier elemento que cambie el uso o destino del espacio de concurrencia colectiva, sin la autorización correspondiente para ello; III. Abstenerse, la persona propietaria, de tener en buenas condiciones un inmueble sin construcción o fincas abandonadas, para evitar el peligro de las y los vecinos del lugar o no darle el cuidado necesario para mantenerlo libre de plagas o maleza que puedan ser dañinas para las y los colindantes; IV. Apagar, sin autorización, el alumbrado público o afectar algún elemento de este que impida su normal funcionamiento; V. Ocasionar molestias al vecindario con ruidos o sonidos de duración constante o permanente y escandalosa, con aparatos musicales o de otro tipo utilizados con alta o inusual intensidad sonora o con aparatos de potente luminosidad, sin autorización de la autoridad competente que rebasen los límites que permiten las disposiciones jurídicas aplicables; VI. Causar escándalos en lugares públicos o privados que alteren la tranquilidad de las personas; VII. Trepar bardas, enrejados o cualquier elemento constructivo semejante de un inmueble ajeno sin autorización correspondiente para ello; VIII. Incumplir en los términos y plazos las sanciones impuestas por la o el Juez Cívico; IX. Prestar algún servicio sin que le sea solicitado y coaccionar de cualquier manera a quien lo reciba para obtener un pago por el mismo; X. Elevar aeróstatos sin permiso de la autoridad competente; XI. Ofrecer o propiciar la venta de boletos de espectáculos públicos, con precios superiores a los autorizados; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de noviembre de 2023. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. Sentencia SCJN publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 07 de enero de 2026. LEY DE JUSTICIA CÍVICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS 22 XII. Ingerir bebidas alcohólicas o consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes y demás sustancias que determine la Ley General de Salud, en lugares públicos no autorizados, independientemente de los delitos en que se incurra por la posesión de los estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias toxicas; XIII. Ocupar los accesos de oficinas públicas o sus inmediaciones ofreciendo la realización de trámites que en la misma se proporcionen, sin tener autorización para ello; y XIV. Reñir con una o más personas en el espacio de concurrencia colectiva. De acuerdo con la clasificación presentada en el artículo 38 de la presente Ley, las faltas contenidas en las fracciones I, II, III y IV del presente artículo serán clasificadas como Infracciones Clase A; las fracciones V y VI serán clasificadas como Infracciones Clase B; las fracciones VII, VIII, IX y X, serán clasificadas como Infracciones Clase C; mientras que las fracciones XI, XII, XIII y XIV serán clasificadas como Infracciones Clase D. CAPÍTULO QUINTO INFRACCIONES CONTRA LA SEGURIDAD DE LA COMUNIDAD
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.