Artículo 72 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La reincidencia es cuando cometes la misma falta dos o más veces en menos de un año, según esta ley. Si eso pasa, puedes cambiar el castigo de arresto o multa por trabajar en tu comunidad, como en programas para mejorar la convivencia diaria o atender situaciones de riesgo. Es como una segunda oportunidad para no ir a la cárcel ni pagar dinero, sino ayudar en algo útil.
Texto oficial
Artículo 72.- Se entiende por reincidencia, la comisión de infracciones contenidas en la presente Ley por dos o más veces, en un periodo que no exceda de 12 meses. En este caso, la persona infractora podrá gozar del beneficio de conmutar el arresto y/o multa, por Trabajo en Favor de la Comunidad, en especial aquellas destinadas a la aplicación de Medidas para Mejorar la Convivencia Cotidiana enfocadas a la atención de factores de riesgo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.