Artículo 93 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la policía te para en un retén antialcohol, no es ella quien te pone la multa. Quien decide la sanción es el Juez Cívico, que es como un juez para faltas administrativas. Ese juez revisa lo que pasó y aplica el castigo que dice la ley, dependiendo de qué tanto alcohol traías. El alcoholímetro sirve para prevenir accidentes, pero la autoridad que te sanciona siempre es el juez, no el agente de tránsito.
Texto oficial
Artículo 93.- Cuando se implementen programas para la detección de la presencia de alcohol en los conductores de vehículos de motor a fin de prevenir accidentes viales, la o el Juez Cívico, será el responsable de imponer la sanción a que se haga acreedor el infractor, de conformidad con lo establecido en esta Ley, y los demás ordenamientos legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.