Artículo 97 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si las autoridades de los Juzgados Cívicos ordenan algo, como una multa o un arresto, todas las demás autoridades del país (federales, estatales y municipales) tienen la obligación de ayudarlas para que se cumpla esa orden. Cada quien debe apoyar dentro de lo que le toca hacer según su cargo. Esto aplica siempre que esté dentro de sus facultades legales. Básicamente, ninguna autoridad se puede hacer de la vista gorda cuando un Juzgado Cívico necesita apoyo para aplicar sus decisiones.
Texto oficial
Artículo 97.- Las autoridades de los tres órdenes de gobierno en el marco de sus atribuciones prestarán auxilio a los Juzgados Cívicos, a efecto del cumplimiento de sus resoluciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.