Artículo 21 de la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Registro va a tener una sola base de datos donde se guarda toda la información. Esa base de datos puede ser usada por distintas oficinas del gobierno del Estado de México que trabajan en actividades de fomento, como apoyo a negocios o desarrollo. Pero solo pueden compartir los datos si siguen las reglas de la ley que protege tu información personal. En otras palabras, el gobierno no puede compartir tus datos a lo loco, tiene que cuidar tu privacidad.
Texto oficial
Artículo 21. El sistema de información del Registro funcionará mediante una base de datos única que podrá ser compartida entre las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, relacionadas con las Actividades de Fomento, en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.