Artículo 3 de la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas de gobierno, las empresas públicas y los municipios, cada quien dentro de lo que les toca hacer, tienen la obligación de apoyar y echarle porras a las actividades de las que habla esta ley. Pero deben hacerlo sin meterse ni controlar a las organizaciones, respetando totalmente su libertad para decidir por sí mismas. En pocas palabras, el gobierno puede ayudar, pero no puede mandar ni decirles cómo hacer las cosas.
Texto oficial
Artículo 3. Las Dependencias, Entidades y municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán promover el fomento y fortalecimiento de las actividades que refiere esta Ley, guardando respeto absoluto a la autonomía de las Organizaciones. CAPÍTULO II DE LAS ORGANIZACIONES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.