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Artículo 10 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Universidad Tecnológica "Fidel Velázquez"

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la Universidad va a tener a alguien llamado Comisario, a quien el Secretario de la Contraloría escoge. Este Comisario puede ir a las juntas del Consejo como invitado, lo que significa que puede dar su opinión (tiene voz), pero no puede votar en las decisiones que se tomen.

Texto oficial

Artículo 10.- La Universidad contará con un Comisario designado por el Secretario de la Contraloría, quien asistirá como invitado a las sesiones del Consejo, con voz pero sin voto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.