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Artículo 3 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pides que te dejen pagar después un impuesto o deuda al gobierno del Estado de México, te van a cobrar un extra del 1.38% cada mes sobre lo que todavía debes. Ese porcentaje se aplica solo al dinero que no hayas pagado aún. Es como un interés por retrasar tu pago.

Texto oficial

Artículo 3.- Cuando se concedan prórrogas para el pago de créditos fiscales, conforme a lo dispuesto en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, se causarán recargos sobre saldos insolutos a razón del 1.38% mensual.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.