Artículo 6 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos los ingresos que reciba el municipio, sin importar de dónde vengan o cómo sean, deben ser anotados por la Tesorería Municipal, que es la oficina encargada del dinero del ayuntamiento. Eso quiere decir que cada centavo que entre tiene que quedar registrado. Además, ese dinero debe aparecer en la Cuenta Pública, que es un informe donde se detalla cómo se gastó y recibió el dinero del municipio. Todo esto se hace siguiendo las leyes y reglas que aplican.
Texto oficial
Artículo 6.- Todos los ingresos municipales, cualquiera que sea su origen o naturaleza, deberán registrarse por la Tesorería Municipal y formar parte de la Cuenta Pública que corresponda, de acuerdo con los ordenamientos aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.