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Artículo 20 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa es como un plan del gobierno que organiza todas las actividades para que tú tengas acceso a libros, cuentos y plataformas de lectura. También busca que los mexiquenses creen más arte, trabajos técnicos o académicos y apoya el desarrollo de la escritura y lectura en las lenguas originarias de nuestro estado. La Secretaría de Cultura, junto con la Secretaría de Educación y el Consejo, van a hacer este plan. Luego se lo presentan al Gobernador del Estado para que lo apruebe.

Texto oficial

Artículo 20. El Programa es el instrumento de política pública que ordena y vincula las acciones o actividades para el acceso de las personas a los diversos materiales y plataformas de lectura, estimula la creación artística, técnica y académica de los mexiquenses, y contribuye al desarrollo de la escritura y la lectura de las lenguas originarias de la entidad. El Programa deberá ser elaborado por la Secretaría de Cultura en colaboración con la Secretaría de Educación y el Consejo, para ponerse a la consideración de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado para su expedición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.